Instrumentos mexicanos
Las entidades emisoras participantes en el mercado de
valores mexicano son las entidades o empresas que, cumpliendo con las
disposiciones establecidas y siendo representadas por una casa de bolsa,
ofrecen al público inversionista, a través de la Bolsa Mexicana de Valores
(BMV), valores tales como acciones y títulos de deuda.
Las empresas que deseen realizar una oferta pública deberán
cumplir con los requisitos de registro y listado y, posteriormente,
con los de mantenimiento establecidos por la BMV, además de las disposiciones
de carácter general, contenidas en las circulares emitidas por la CNBV
y el artículo 14 de la Ley del Mercado de Valores (LMV), como lo es
la publicación trimestral de su información financiera, económica y
legal, así como la inmediata divulgación de hechos y eventos relevantes.
A continuación se da una breve descripción de los valores
más comunes que pueden emitir las empresas mexicanas para ser colocados
en el mercado de valores:
- Papel Comercial: Son pagarés suscritos por sociedades
anónimas mexicanas denominados en moneda nacional y destinados a circular
en el mercado de valores. El financiamiento que obtiene la empresa a
través de este tipo de instrumento es a corto plazo, opera como una
línea de crédito anual y se puede emitir a plazos entre 1 y 360 días.
Este instrumento se coloca a descuento, es decir, se negocia bajo par,
por lo que su rendimiento resulta de la diferencia entre su valor de
colocación y de redención o vencimiento. Las emisoras que deseen emitir
papel comercial para obtener financiamiento podrán elegir cualquiera
de los siguientes tipos:
- Quirografario: Es el más común, no cuenta con garantía y se otorga
de acuerdo a la solvencia de la empresa emisora.
- Avalado: Está garantizado por una institución de crédito.
- Afianzado: Garantizado mediante una fianza.
- Indizado al tipo de cambio: Puede darse en cualquiera de las tres
modalidades anteriores, denominado en dólares americanos pero liquidable
en moneda nacional de acuerdo al tipo de cambio vigente.
- Indistinto: Pueden emitirse al amparo de una misma línea, pagarés
denominados en moneda nacional o indizados al tipo de cambio.
- Pagaré a mediano plazo: son títulos de crédito que documentan
una promesa incondicional de pago a mediano plazo (no menos de un año
ni más de siete años) de una suma determinada de dinero, suscrito por
sociedades anónimas mexicanas y denominados en moneda nacional, destinados
a circular en el mercado de valores. Existen cuatro tipos de pagarés:
- Quirografario: no cuenta con garantía y se otorga de acuerdo a la
solvencia de la empresa emisora.
- Avalado: está garantizado por una institución de crédito.
- Con Garantía Fiduciaria: se garantiza con bienes muebles, inmuebles
o valores, mediante un contrato de fideicomiso.
- Vinculado al Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC): puede
darse en cualquiera de las tres modalidades anteriores, pero su valor
nominal se ajustará conforme al INPC, o bien, estar denominado en
Unidades de Inversión (UDIS).
- Pagaré financiero: son pagarés suscritos en moneda nacional por
arrendadoras financieras y empresas de factoraje financiero, cuya
finalidad es obtener financiamiento a mediano plazo, su vencimiento
oscila entre uno y tres años, su valor nominal es de $100 o sus múltiplos.
Al igual que el pagaré de mediano plazo, el pagaré financiero puede
ser quirografario, avalado o con garantía fiduciaria.
- Obligaciones: son títulos de crédito que representan la participación
individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo
de la sociedad emisora. Son nominativos y deberán emitirse en denominaciones
de $100.00 o de sus múltiplos. Las obligaciones llevarán adheridos cupones
y darán a sus tenedores, dentro de cada serie, iguales derechos. Las
obligaciones pueden ser de cuatro tipos:
- Quirografaria: no existe garantía específica, por lo cual generalmente
se establecen limitaciones a la estructura financiera y corporativa
de la emisora.
- Hipotecaria: garantizadas por gravamen establecido sobre un bien
inmueble específico.
- Prendaria: garantizada con diversos bienes muebles.
- Fiduciaria: garantizada con bienes muebles, inmuebles o valores,
mediante la constitución de un fideicomiso.
Las obligaciones se pueden emitir en cualquiera de las siguientes modalidades:
- Subordinadas: aquéllas cuya prelación en el pago está en último
lugar, sólo antes de capital.
- Convertibles: valores que representan fracciones de la deuda contraída
por la emisora y otorga al tenedor la facultad de convertir dicho
valor en acciones de la propia emisora.
- Rendimientos capitalizables: es aquélla en la que se capitalizan
parte de los intereses, incrementando con ello el saldo insoluto de
la deuda.
- Colocaciones múltiples: cuando el monto total se coloca parcialmente
en varias emisiones en distintos periodos.
- Vinculadas al Indice de Precios al Consumidor (INPC): el importe
del principal se actualiza periódicamente con el INPC, y ofrecen una
tasa de rendimiento real.
- Udizadas: el importe del principal se ajusta diariamente con el
valor de la UDI.
- Certificados de participación: son títulos de crédito nominativos
emitidos por una sociedad fiduciaria sobre bienes, valores o derechos
que se afectan en un fideicomiso irrevocable para tal fin. Se emiten
con base en el valor de los bienes fideicomitidos dando a los tenedores
de los mismos, derecho a una parte proporcional de los frutos o rendimientos,
propiedad o titularidad, o bien derecho al producto de la venta de
los bienes, derechos o valores. Existen dos tipos de certificados
de participación:
- Ordinarios (CPO's): cuando el fideicomiso está constituido por bienes
muebles.
- Inmobiliarios (CPI's): cuando el fideicomiso está constituido por
bienes inmuebles.
De acuerdo a la forma de amortización los certificados de participación
pueden ser:
- Amortizables: cuando los certificados dan a sus tenedores, el derecho
tanto a una parte proporcional de los frutos o rendimientos correspondientes,
como al reembolso de su valor nominal de acuerdo con el valor ajustado
que se especifique en el acta de emisión.
- No amortizables: Cuando no se pacta en el acta de emisión correspondiente
el reembolso de los Certificados en una fecha determinada.
- Acciones: son títulos que se emiten en serie y representan
una parte alícuota del capital social de la empresa que incorporan derechos
corporativos y patrimoniales a los socios o tenedores de acciones. Dependiendo
de los derechos que confieren las acciones, éstas pueden ser:
- Acciones comunes: Confieren iguales derechos y son de igual valor
(también se les conoce como ordinarias).
- Acciones preferentes: También llamadas de voto limitado. Solo posee
el derecho a voto en asambleas extraordinarias.
- Acciones de goce: Son aquéllas que pueden ser entregadas a los accionistas
a quienes se les hubieren amortizado sus acciones con utilidades repartibles
y sus tenedores tendrán derecho a las utilidades líquidas, así como
derechos de voto en las asambleas, según lo contemple el contrato
social.
Existe una clasificación en la emisión de series accionarias que permite
distinguir a los posibles tenedores:
Serie "A".- Acción ordinaria exclusiva para Mexicanos
Serie "B".- Acción ordinaria de Libre Suscripción (Mexicanos y Extranjeros)
Serie "C".- Acción ordinaria (serie neutra de acuerdo a las normas
establecidas por la Comisión Nacional de Inversión Extranjera) que restringe
los derechos corporativos (derecho a voto) a los inversionistas extranjeros.
Serie "L".- Acción ordinaria con voto limitado.
Este es el listado de todas las emisoras mexicanas: